a contratar seguros medicos

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se unió: 10/08/2010 - 18:43
a contratar seguros medicos

Conviene saberlo. Las gracias se las podeis dar al PP

 

http://www.periodismoalternativoblog.com/2014/01/los-jovenes-aventureros...

 " Vinieron a por los homosexuales y no hice nada. Vinieron a por los negros y no hice nada. hora vienen a por mi, pero ya es tarde para hacer algo"

Jow
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se unió: 28/08/2012 - 15:23

en el momento que te inscribes en la Embajada pierdes tu afiliacion en la S.S.... una vez estas en España, te vuelves a empadronar y vas a la seguidad social y te vuelven a dar de alta... 

Es como cobrar el paro estando en el extranjero, no dices nada y nadie se da cuenta.  Quien va a saber que estas fuera de España mas de 90 dias, un funcionario que esta pendiente de quedar el fin de semana con otra funcionaria?, que no le funciona el ordenador!

 

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se unió: 21/03/2010 - 03:22
Claro. Cuando vayas a la Seguridd Social tendrás que ir con el pasaporte también para mostrar que no has salido del país. Y los inspectores de Sanidad se van a poner a controlar cuánto tiempo ha pasado cada español fuera del territorio nacional.

Jow
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Exacto...

sobre el tema de la doble nacionalidad en Tailandia,

un thai con pasaporte australiano utiliza el pasaporte australiano para viajar y el ID thai para comprar tierras, permiso de conducir, abrir cuentas etc en Tailandia.

 

Lo mismo pasa en España, nunca del territorio español piden el pasaporte, y si te lo piden, dices que lo has perdido.

No hay que registrarse en la Embajada.

 

 

 

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se unió: 21/03/2010 - 03:22

El asunto BIEN explicado:

La disposición adicional al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social “está pensada para los casos en que se produce un cambio de residencia”.

Los parados de larga duración que hayan agotado la prestación o el subsidio por desempleo y residan fuera de España más de 90 días en un año perderán el derecho a la cobertura sanitaria española, una medida que entró en vigor el pasado día 1 y que afectará sobre todo a ciudadanos extranjeros de la UE.

Esta limitación temporal para las prestaciones sanitarias está contemplada en los presupuestos generales del Estado para este año y, en concreto, en una disposición adicional al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, publicada en el BOE el pasado 26 de diciembre.

La disposición sexagésima quinta -"Pérdida de residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social"- dice: "A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones sanitarias en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que el beneficiario de dichas prestaciones tiene su residencia habitual en España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas no superen los 90 días a lo largo de cada año natural".

Según ha explicado el diputado del PP, Rubén Moreno, que ha defendido esta enmienda a los presupuestos, se trata de poner un límite temporal a la prestación sanitaria de la que hasta ahora gozaban "de por vida" los parados de larga duración, sin vinculación con el INEM, una vez que se marchaban de España.

Esta disposición establece un límite de 90 días para darse de alta como residente en ese otro país que será el que se responsabilice de su cobertura sanitaria.

Según el PP, el único propósito de la enmienda es regular la situación de muchas personas, la mayoría de ellas extranjeros de la UE, que en la época del boom del empleo, sobre todo en la construcción, cotizaron a la Seguridad Social, y que con la crisis perdieron su trabajo y regresaron a su país de origen.

"Con la ley en la mano, estos desempleados de larga duración tenían derecho a que sus tratamientos en cualquier otro país los costeara España el resto de su vida", ha señalado.

"Sólo se trata de este grupo", ha aclarado Moreno, que recuerda que este colectivo de personas, no obstante, si siguen residiendo en España, aunque estén parados y no reciban ninguna prestación, ni subsidio, sí tienen derecho a seguir recibiendo asistencia sanitaria en nuestro país.

Esta disposición, por tanto, no incluye a los jóvenes que estudian fuera, los erasmus o los españoles que viajen por turismo. No se quedan "en ningún momento" sin asistencia sanitaria, según el diputado, ya que pueden solicitar la tarjeta sanitaria europea (TSE) para recibir las prestaciones sanitarias necesarias durante su estancia temporal en otro país de la UE o, si lo prefieren, regresar a España para ser atendidos.

La TSE no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir un tratamiento médico, ni tampoco es el documento adecuado cuando una persona traslada su residencia habitual al territorio de otro Estado miembro.

Cuando una persona pasa a residir a otro Estado, ese país se hace cargo de su cobertura sanitaria, al igual que ocurre con los españoles que son contratados fuera de España.

"El estudiante o no estudiante que sale fuera de España porque es contratado tiene que tener en el contrato su vinculación a la Seguridad Social o equivalente en el país que se contrató. Es una obligación en la UE", ha agregado.

¿A quién afecta la nueva disposición?

Según han aclarado fuentes del ministerio de Empleo y Seguridad Social a Gaceta.es, la disposición adicional al texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social “está pensada para los casos en que se produce un cambio de residencia”. Esto es, está destinada a aquellos que, por motivos laborales o personales, han cambiado su domicilio a otro país por un período superior a los tres meses, que es el que se establece para determinar cuándo una persona “se considera residente de un país”.

La recuperación de la cobertura sanitaria, en caso de que los desplazados vuelvan a residir en España, sería “automática”, según han indicado estas mismas fuentes. En caso de retorno, los españoles que hayan perdido la prestación deberán realizar una serie de trámites administrativos pero, en cualquier caso, los servicios “se recuperan tras solicitar las asistencia sanitaria”.

Fuente:http://www.intereconomia.com/noticias-gaceta/sociedad/que-pasa-los-90-di...

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se unió: 25/09/2010 - 21:59

Ahora los inmigrantes tendran Seguridad Social pero nosotros no...

Cada dia me quedo con menos argumentos para poder defender el NO a la independencia de Catalunya.

Jow
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se unió: 28/08/2012 - 15:23

A mi me pasa lo contrario... mas tiempo que paso fuera de Espanya, y conozco las leyes y ciudadanos de otros paises mas pronto quiero volver a Espanya. Y cuando vuelvo a Espanya y enciendo la tv, ya me quiero volver a  ir.

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Visto por última vez: Hace 1 año 4 meses
se unió: 21/03/2010 - 03:22

El problema en Tailandia es que me siento en la indefensión total, y eso que me paso la mitad de la semana con los MiB. ¿O será por eso? ...

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Visto por última vez: Hace 9 años 11 meses
se unió: 09/08/2011 - 10:31

No entiendo cómo ponen una norma semejante cuando al parecer "perdiendo el pasaporte" no tienen cómo demostrar nada.

Están incitando al delito!!

lol